jueves, 19 de noviembre de 2009

Como ya indicábamos se ha producido El ERE en tubos reunidos y nos han enviado el resumen que publicamos como ejemplo. Seguro que muchos de vosotros ya habéis visto algún anuncio similar. Desearíamos que fuera el último. Desde aquí agradeceros a todos vuestro seguimiento y ayuda, esperamos que este blog sirva para dar una idea global de lo mal que lo está pasando todos los trabajadores.

EXPEDIENTE DE REGULACION DE EMPLEO DE SUSPENSION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJADORES DE TUBOS REUNIDOS AFECTADOS POR EL ERE PRESENTADO EL 08/10/09.


1.- PERSONAL AFECTADO.

767 trabajadores de Tubos Reunidos, S.A. en su fábrica de Amurrio de acuerdo con la Relación que se adjuntó en la solicitud de fecha 8/10/09.

2.- PERIODO DE AFECTACIÓN.

Desde la fecha de aprobación del Expediente, en su caso, hasta el 31 de Diciembre de 2010, siendo el tiempo real de regulación máximo 156 jornadas laborables (75%), de acuerdo al Calendario Laboral de cada uno de los trabajadores afectados.


3.- COMISION DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

La Dirección de Tubos Reunidos S.A. facilitará mensualmente a la Comisión de Control y Seguimiento, que se constituye al efecto, calendario previsto de suspensión para el mes siguiente.

Igualmente se facilitará información mensual a dicha comisión de la evolución de la cartera de pedidos. A los trabajadores afectados por el ERE se les comunicará con una semana de antelación su calendario de regulación para el periodo siguiente. Excepto en el primer periodo inmediatamente posterior a la aprobación del ERE, en dicho periodo la comunicación se realizará lo antes posible desde el punto de vista organizativo.

La Comisión de Control y Seguimiento estará formada por un miembro del Comité de Empresa de cada una de las Secciones Sindicales representadas en el mismo y la Representación de la Dirección de TR.

Igualmente con carácter mensual se informará del Calendario previsto de Suspensiones de Contratos de Trabajo al Departamento de Justicia Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco.

Para proceder a la desregularización de un trabajador afectado se le realizará un preaviso con un mínimo de 48 horas.

4.- GARANTIAS SALARIALES.

La Dirección de Tubos Reunidos garantizará a cada trabajador afectado y por los días de regulación un complemento a las percepciones legales que le correspondiesen, de acuerdo a sus cotizaciones y a sus circunstancias familiares, hasta alcanzar el 75% de sus percepciones brutas diarias, incluyendo los pluses que le pudieran corresponder de acuerdo con su calendario laboral.

En el supuesto de que al trabajador afectado no le fuese reconocida la prestación de desempleo a nivel contributivo o una vez reconocida le fuese suspendida, la Dirección de Tubos Reunidos abonará única y exclusivamente el importe correspondiente a la diferencia entre la prestación teórica del INEM y el 75% de la retribución bruta con pluses de acuerdo con su calendario laboral individual.

Pagas Extraordinarias y Vacaciones 100 % del salario bruto que le correspondiese de acuerdo con las tablas salariales de Tubos Reunidos para Amurrio, vigentes en la actualidad.

Adicionalmente a las cantidades referenciadas en los párrafos anteriores, se abonará un 14 % de garantía adicional (LO QUE TOTALIZA JUNTO A LA GARANTIA DEL PÁRRAFO 2º ANTERIOR UN 89%) a cada trabajador que consienta, mediante documento escrito expreso, la posibilidad de ser llamado por la Dirección de Tubos Reunidos para acudir a cursos de formación, que la Empresa organice, durante los días que esté en regulación y que por calendario laboral individual le correspondiese trabajar. Una vez firmado dicho documento si el trabajador no acudiese a dicha llamada perderá el derecho al cobro de la garantía adicional del 14 % y la Empresa tendrá derecho a descontarle las cantidades que le hubiese abonada por este concepto. No será de aplicación, en ningún caso, lo establecido en el Convenio Colectivo de TR para Amurrio en cuanto a primas por asistencia a cursos de formación.

La Dirección se compromete a tramitar la solicitud ante Hobetuz de petición de subvención a la formación en empresa en situación de ERE.

5.- APORTACIONES EPSV

La Dirección de Tubos Reunidos garantiza el 100% de las aportaciones brutas que la Empresa, mensualmente, realiza a cada trabajador, no resultando reducidas proporcionalmente por los periodos de suspensión de Contrato de Trabajo de los trabajadores afectados por el ERE

6.- VACACIONES Y DIAS EXCESO CALENDARIO

Se respetará el calendario individual de vacaciones de cada trabajador.

Igualmente se respetará el número de días adicionales y de libre disposición que a cada trabajador le correspondiese de acuerdo con su calendario laboral.

7.- ANTIGÜEDAD

Los periodos de desempleo se computarán como periodos trabajados a efectos de antigüedad en la Empresa.

8. GESTION ADMINISTRATIVA

La Dirección de Tubos Reunidos gestionará la documentación administrativa de los trabajadores de la Empresa ante el INEM de cara a la obtención de las prestaciones económicas del subsidio de desempleo.

Cada trabajador tendrá la obligación de facilitar al Departamento de Personal de TR los datos necesarios para la realización de dicha gestión administrativa. En el caso de que los trabajadores afectados no facilitasen los datos necesarios o estos fuesen incorrectos las consecuencias de dicho error u omisión recaerán única y exclusivamente en el trabajador afectado.

9. ACUERDOS JUBILACION AÑO 1997.

Se mantienen en vigor los acuerdos de 29 de mayo de 1997 y se procederá a la actualización, a día de hoy, según lo establecido en dicho acuerdo, de las cantidades en él estipuladas.

No se aplicarán Contratos de Relevo pues, según la Dirección, supone un incremento de plantilla.

10. NO HA HABIDO ACUERDO SINDICAL ENTRE EL COMITÉ Y LA DIRECCIÓN

Pese a que los miembros pertenecientes a las Centrales Sindicales de CCOO, UGT y VTR, se han posicionado a favor de las últimas propuestas de la empresa, y pidieron expresamente que querían que se ejecutasen dichas propuestas, NO HUBO ACUERDO entre el Comité de Empresa y la Dirección.
Estimando este Comité, que se retire de inmediato la solicitud de este nuevo ERE.

En las últimas propuestas de la Empresa, ésta vinculaba la aplicación del Contrato de Relevo a la firma de este expediente.

Además, anteriormente habían presentado lo que denominaban "PLAN GLOBAL", en el cual se expresa claramente la intención de plantear Cambios Sustanciales en las Condiciones de Trabajo, con una reducción de relevos, amortizaciones de puestos, creando excedentes y dejando una vía abierta a posibles futuros despidos.
En este Plan, sólo se hace referencia al periodo 2009-2010, no siendo la Dirección capaz de dar garantías de que no vaya a haber despidos.


Lo que más nos gusta es este final, Nadie garantiza que no se despida. Como siempre ya con miras al futuro, o tragas o sino la espada de Damocles del miedo, el despido.

No hay comentarios:

Publicar un comentario